¿Qué es la Apostilla de la Haya?
El Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 es un tratado internacional multilateral que permite la eliminación del requisito de legalizar los documentos públicos extranjeros provenientes de países firmantes de dicho convenio.
Para otorgar validez a los documentos rumano o españoles en un país firmante del Convenio de la Haya, el único requisito era obtener dicha apostilla y realizar la traducción jurada del documento al idioma del país de destino. Este proceso otorga validez plena al documento en cualquier otro país firmante del Convenio de La Haya.
¿Qué cambio? ¿Cuándo cambió todo?
Desde el día 16.02.2019 el Reglamento 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo, se encuentra en vigor para reconocer documentos públicos, lo que significa que la burocracia se agiliza al no ser necesario “apostillarlos”.
Prácticamente un matrimonio casado en Rumania ya no necesita apostillar el certificado de matrimonio que se expida en dicho país, España ha de aceptar en sus administraciones y juzgados dichos documentos y darlos por válidos.
Los documentos que se encuentran dentro del ámbito de aplicación de este Reglamento son los diplomáticos y consulares, las actas notariales, documentos judiciales y los certificados oficiales sobre documentos privados.
Ahora bien, hay que dejar claro que solo estamos hablando de que esos documentos sean auténticos o no, otra cosa bien distinta es el reconocer los efectos jurídicos dentro de España.
De esta forma España no podrá pedir la apostilla sobre documentos que versen sobre estas materias.
- DNI, Pasaporte;
- Sentencias de divorcio, separación judicial o la anulación del matrimonio;
- Certificado de antecedentes penales;
- Certificado de nacimiento;
- Certificado de matrimonio;
- Certificado de defunción; etc.
¿Qué documentos siguen necesitando apostilla de la Haya?
- Documentos Públicos Administrativos (algunos documentos administrativos precisan de reconocimiento previo de firma), y Judiciales (incluidos documentos de Registro Civil)
- Documentos notariales y documentos privados cuyas firmas han sido legitimadas ante Notario
- Documentos públicos judiciales expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo
¿Qué documentos necesitan otro tipo de firma/legalización antes de la apostilla de la Haya?
Los documentos Administrativos que precisan de reconocimiento previo de firma para ser apostillados son:
- Títulos y Certificados de Estudios Universitarios Oficiales.
- Títulos y Certificaciones académicas oficiales no universitarias.
- Documentos de la Agencia Tributaria.
- Documentos Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal y de las Entidades de la Seguridad Social (tales como reconocimiento de desempleo, vida laboral, etc.).
- Documentos no educativos de las Comunidades Autónomas.
- Documentos de Entidades Locales (tales como certificados de empadronamiento).
- Documentos consulares (en sus funciones de Registro Civil o Notaría).
- Certificados de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles
- Documentos AENA, Marina Mercante, Pilotos de Vuelo, o tripulante de barcos.
- Documentos Bancarios.
- Documentos emitidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Documentos de la Dirección General de Tráfico.
- Otros– Consultar en el Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.